sábado, 9 de junio de 2007

Exposición Nº 9


PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LOS BENEFICIOS DE LA EMPRESA


Esta exposición abarcó todo lo referente a las prestaciones de los trabajadores, contemplado en los artículos 174, 175, 176, 180 y 183 de la Ley Orgánica del Trabajo.
Como tal se refiere a la participación de todas aquellas empresas que obtienen un margen significativo de utilidades al final del ejercicio anual, las cuales deberán distribuir entre todos sus trabajadores por lo menos el 15 % de estos beneficios líquidos obtenidos, es decir, la suma de los enriquecimientos netos gravables y de los exonerados conforme a la Ley de Impuestos Sobre la Renta.

Para determinar cuál es la participación que le corresponde a cada trabajador, se dividirá el total de los beneficios repartibles entre el total de los salarios devengados por todos los trabajadores durante el respectivo ejercicio anual, y la cantidad que corresponde a cada trabajador deberá se pagada dentro de los dos meses inmediatos al día de cierre del ejercicio de la empresa.



Bibliografía:
Ley Orgánica del Trabajo

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