sábado, 9 de junio de 2007

Exposición Nº 15





ILÍCITOS TRIBUTARIOS


Constituye ilícito tributario toda acción u omisión violatoria de las normas tributarias.
Los ilícitos tributarios se clasifican (Art. 80 COT):

1. Ilícitos formales.

2. Ilícitos relativos a las especies fiscales y gravadas.

3. Ilícitos materiales.

4. Ilícito sancionado con pena restrictiva de libertad.






Se deduce los ilícitos tributarios como la manifestación en el derecho tributario, el derecho de castigos que obstenta el Estado contra quienes vulneren el ordenamiento jurídico de manera que afecten bienes fundamentales de la sociedad. En consecuencia, el ilícito tributario es ilícito penal.



Bibliografía:

Código Orgánico Tributario.

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